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BASES LEGALES DEL SORTEO "EUROSPORT X ETXEONDO"

PorKiprun

Publicado 20/05/2024 a las 09:44 GMT

BASES LEGALES DEL SORTEO "EUROSPORT X ETXEONDO"

BASES LEGALES DEL SORTEO "EUROSPORT X ETXEONDO"

Fuente de la imagen: Kiprun

1. Sociedad Organizadora y presentación del Sorteo
1.1 Eurosport, una Société par Actions Simplifiée, inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de Nanterre con el número B 353 735 657, con domicilio social en 3, Rue Gaston et René Caudron - 92798 Issy les Moulineaux Cedex 9 - Francia (la "Sociedad Organizadora"), ha decidido organizar del 23 de agosto (00:00 GMT+2) al 6 de septiembre de 2023 (23:59 GMT+2) incluido, un sorteo titulado “Eurosport x Etxeondo” (el "Sorteo").
1.2. El Sorteo se organiza en colaboración con la sociedad ESTAMPACIONES ARTESANAS, S.A., inmatriculada al Registro Mercantil de Gipuzkoa, Hoja SS-2.137, situada Polígono Laskibar, local 1-1ª, 20271, Irura (Gipuzkoa) y N.I.F. A-20087813 (el "Socio").
1.3. El Sorteo tiene lugar en la red social Instagram y es accesible en la siguiente dirección: @eurosportes (Eurosport España) o @eurosportnl (Eurosport Holanda), dependiente del país de residencia del Participante (la "Plataforma").
2. Participación y aceptación de las Bases
2.1. La participación en el Sorteo implica que cada participante (en adelante, el/los "Participante(s)") ha(n) leído y aceptado, sin reserva alguna, las presentes Bases legales (las "Bases"), que se aplican a todos los Participantes, así como el principio del Sorteo. Todo Participante que contravenga uno o varios de los artículos de las presentes Bases será privado de la posibilidad de participar en el Sorteo, así como de cualquier Premio que pudiera haber ganado.
2.2. El Sorteo está abierto a todas las personas físicas mayores de dieciocho (18) años, residentes en España (excluyendo las Islas Canarias y Baleares, y las ciudades de Ceuta y Melilla) o Holanda.
2.3. En ningún caso podrán participar en este Sorteo personas que hayan colaborado en la organización del mismo o que tengan un vínculo jurídico directo o indirecto con la Sociedad Organizadora y/o el Socio.
2.4. Queda excluida cualquier forma de participación en el Sorteo distinta a la expresamente definida en las presentes Bases y no podrá ser tenida en cuenta por la Sociedad Organizadora.
2.5. La participación en el Sorteo está limitada a una participación por persona (misma dirección de correo electrónico asociado a la cuenta de la red social Instagram).
3. Acceso a las Bases
3.1. Cada Participante puede consultar las Bases de forma gratuita:
En la siguiente dirección URL: ;
Mediante solicitud por escrito a la Sociedad Organizadora a la siguiente dirección Eurosport - Service Juridique - 3, rue Gaston et René Caudron - 92798 Issy-les-Moulineaux Cedex 9 - Francia.
4. Mecanismo y Bases del Sorteo
4.1. Para participar en el Sorteo y tener la posibilidad de ganar el Premio, cada Participante deberá:
Seguir la cuenta Instagram de Eurosport España @eurosportes o @eurosportnl (Eurosport Holanda), dependiente del país de residencia del Participante;
Seguir la cuenta Instagram de Etxeondo (perteneciendo al Socio) a la que enlaza la publicación del Sorteo en la cuenta de Eurosport;
Comentar bajo la publicación del Sorteo en la página Instagram de Eurosport;
Aceptar sin reservas las presentes Bases;
(la "Participación").
5. Determinación del ganador o ganadores
5.1. La Sociedad Organizadora realizará un sorteo al azar (el "Sorteo") al final del Sorteo entre todos los Participantes que se hayan inscrito de acuerdo con los términos de estas Bases.
5.2. Todos los participantes se dividirán en dos grupos (uno por país), y la Sociedad Organizadora designara a un (1) ganador por grupo.
5.3. El sorteo tendrá lugar el 27 de Mayo de 2024.
5.4. Al final de este sorteo aleatorio, se elegiran (2) ganadores (el "Ganadores") (uno por país) y dos (2) suplentes por país (los “Suplentes”).
5.5. Los Ganadores será informado de su victoria por la Sociedad Organizadora en un plazo máximo de 2 (2) días tras el Sorteo. La Sociedad Organizadora se pondrá en contacto con el Ganador por mensaje privado sobre la plataforma Instagram al nombre de cuenta utilizada para participar. No se enviará ningún mensaje a los demás Participantes que no resulten Ganadores.
5.6. En caso de que el Ganador no confirme la aceptación del Premio en el plazo de tres (3) días tras haber sido contactado por la Sociedad Organizadora, o si el Ganador declina su premio, o si se comprueba que el Ganador no reúne los requisitos, la Sociedad Organizadora procederá a nombrar Ganador al primer Suplente según el orden establecido en el Sorteo, procediendo en los mismos términos que en el caso del elegido en primer lugar como Ganador, y así sucesivamente, hasta la entrega efectiva del Premio.
5.7. El premio quedará desierto en caso de no resultar posible, en último término, la adjudicación a los suplentes.
6. Premio(s) y condiciones de adjudicación
6.1. Cada Ganador recibirá el siguiente premio: una camiseta y un short de ciclismo, por valor de 368 euros (trescientos sesenta y ocho euros), proporcionada por la Sociedad Organizadora (el "Premio").
6.2. La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de sustituir el Premio por otro de valor equivalente, sin que los Participantes y el Ganador puedan efectuar reclamación alguna al respecto.
6.3. Los Participantes son enteramente responsables de la validez de sus datos de contacto facilitados en el momento de su Participación y los Participantes reconocen que la Sociedad Organizadora no podrá ser considerada responsable de la no entrega de correos electrónicos y/o del Premio debido a datos de contacto incompletos, imprecisos o incorrectos que le hayan sido enviados.
6.4. El Ganador se compromete a proporcionar una copia de su documento de identidad a la Sociedad Organizadora para confirmar su identidad. Sin ello, la Sociedad Organizadora no podrá conceder el Premio.
6.5. Se considera excluido todo aquello que no esté expresamente incluido en el Premio tal y como se ha descrito anteriormente (a modo de ejemplo: gastos personales, o cualquier otro gasto en el que pudiera incurrir el Ganador con ocasión de su participación en el Sorteo) ,
6.7. El Premio no podrá canjearse ni recuperarse, ni podrá ser objeto de ninguna contrapartida económica o equivalente financiero. Las posibles reclamaciones relativas a la entrega del Premio no podrán consistir en una contrapartida financiera y/o un equivalente financiero. El Premio es personal e intransferible, bajo ningún supuesto se podrá designar como ganador/beneficiario a ninguna otra persona,
6.8. Se especifica que la Sociedad Organizadora no prestará ningún servicio de garantía, asistencia, disfrute o prestación, ya que el Premio consiste únicamente en la prestación/ejecución del Premio tal y como se describe en el presente Reglamento.
6.9. En ningún caso la Sociedad Organizadora o el Socio podrán ser considerados responsables del retraso en la puesta a disposición del Premio o en caso de que el Ganador no pueda beneficiarse del Premio por circunstancias ajenas a la Sociedad Organizadora y/o al Socio.
7. Fiscalidad del Premio para el Ganador residente de España
7.1. De conformidad con la normativa vigente en materia fiscal, se informa a los participantes en la presente Promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a
retención e Ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 €.
7.2. Se aplicará el 19 por ciento de retención sobre la base imponible y esta se determinará incrementando en un 20 por ciento el valor de adquisición o coste para el pagador del bien entregado.
7.3. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente si le fuese requerido. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
7.4. La cumplimentación de los datos personales y fiscales del ganador, necesarios para la entrega de los premios, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
7.5. La aceptación del premio por parte del ganador habilita a la Sociedad Organizadora a realizar la referida retención o ingreso a cuenta en nombre del premiado y comunicará a la Administración Tributaria competente el importe del premio, el DNI y el nombre de la persona que recibe el premio.
8. Autorizaciones - Garantías
8.1. El Ganador acepta expresamente y sin coste alguno, que sus apellidos, nombres y/o foto introducidos en la Plataforma puedan ser citados y publicados por la Sociedad Organizadora y/o el Socio.
8.2.A este respecto, el Ganador concede, por adelantado y sin contraprestación económica, a la Sociedad Organizadora y al Socio una licencia no exclusiva para utilizar, reproducir, representar y comunicar sus nombres, apellidos y/o foto con fines promocionales del Juego o de la actividad de la Sociedad Organizadora o del Socio, en todos los soportes de comunicación. Esta opción no constituye una obligación para la Sociedad Organizadora y/o el Socio.
8.3. Esta licencia se concede para todo el mundo, para todos los usos en todos los medios de comunicación y por todos los procesos de distribución conocidos o desconocidos durante el tiempo máximo permitido por ley y sin más limitaciones que las derivadas de la legislación de Propiedad Intelectual.
8.4. La Sociedad organizadora y el Socio no serán responsables de cualquier falsedad o inexactitud en las manifestaciones realizadas por el Participante, así como de cualquier infracción de derechos de terceros efectuada por los Participantes en el marco del Sorteo, manteniendo los Participantes indemnes a la Sociedad Organizadora y al Socio en dichos casos.
9. Datos personales
9.1. La participación en el Sorteo puede implicar la recogida y el tratamiento, por parte de la Sociedad Organizadora, de determinados datos personales de los Participantes y del Ganador.
9.2. De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales la Sociedad Organizadora informa a los participantes que los datos personales que pudieran facilitar serán recogidos bajo la normativa vigente. Por tanto, la entrega de los datos implica el consentimiento expreso del Participante al tratamiento por parte de la Sociedad organizadora de sus datos de conformidad con lo establecido en las presentes Bases y para todas las finalidades señaladas.
9.3. Asimismo el Participante consiente que sus datos puedan ser comunicados a otras empresas del grupo de la Sociedad organizadora y a terceros necesarios para la realización del Concurso y para que el Ganador pueda disfrutar del Premio. Dichas entidades tratarán los datos personales de los participantes exclusivamente para los fines señalados en las presentes Bases.
9.4. El Participante tiene el derecho de ejercer sus derechos respecto a sus datos personales para ello deberá dirigirse a .
9.5. Los Participantes en el Sorteo podrán consultar la Política de Privacidad de la Sociedad Organizadora que les sea aplicable en la siguiente dirección URL: .
10. Responsabilidad y reservas
10.1. La Sociedad Organizadora y el Socio no podrán ser considerados responsables del mal funcionamiento total o parcial de la red de Internet, independientemente de que ello provoque o no fallos en la administración, seguridad, inscripción, integridad o gestión del Sorteo. En particular, no podrán ser considerados responsables de los errores, omisiones, imperfecciones, interrupciones, supresiones, retrasos en la transmisión, fallos en los circuitos de comunicación y conexión, destrucción, daños o cualquier otro problema relacionado con las redes de telecomunicaciones, ordenadores y terminales en línea, servidores o proveedores de acceso.
10.2. La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de excluir de la participación en este Sorteo a cualquier persona que perturbe su desarrollo. Se reserva el derecho de emprender acciones legales contra cualquier persona que haya hecho trampas, defraudado, amañado o interrumpido las operaciones descritas en estas Bases o haya intentado hacerlo. Cualquier Ganador que haya hecho trampas será automáticamente despojado de cualquier derecho a obtener cualquier Premio.
10.3. La Sociedad Organizadora se reserva el derecho, en particular en caso de razón imperiosa, de acortar, prorrogar o cancelar el Sorteo en parte o en su totalidad si las circunstancias así lo exigen, y los Participantes reconocen que no podrá ser considerada responsable por ello.
10.4. La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de suspender temporalmente la posibilidad de participar en el Sorteo si ella o cualquiera de sus proveedores de servicios técnicos (y en particular sus proveedores de servicios de alojamiento) ya no pueden garantizar la continuidad del servicio necesario para el desarrollo del Sorteo.
10.5. La Sociedad organizadora siempre podrá, en caso de fuerza mayor, caso fortuito o circunstancia excepcional (incendio, inundación, catástrofe natural, intrusión malintencionada en el sistema informático, huelga, cuestionamiento del equilibrio financiero y técnico del Sorteo, etc.), aunque sea bajo su responsabilidad (siempre que respete su buena fe), suspender total o parcialmente el Sorteo.
10.6. El presente Sorteo se anulará en caso de disolución de la Sociedad Organizadora o del Socio, así como en caso de fuerza mayor, sin que los Participantes tengan derecho a reclamar indemnización alguna al respecto.
10.7. La Sociedad Organizadora se reserva el derecho a modificar las Bases en cualquier momento sin notificarlo a los Participantes. En este caso, las Bases actualizadas serán cargadas y publicadas en la Plataforma y accesibles a los Participantes.
10.8. Cualquier información proporcionada por los Participantes, en particular sus datos de contacto, se considerará nula y no se tendrá en cuenta si contiene alguna anomalía.
10.9. Los Participantes reconocen que la Sociedad Organizadora no podrá ser considerada responsable de ningún perjuicio de ningún tipo (personal, material, financiero o de otro tipo) derivado de su participación en el Sorteo.
10.10. La Sociedad Organizadora declina expresamente toda responsabilidad por cualquier incidente o perjuicio de cualquier naturaleza que pueda surgir como consecuencia de la participación de los Participantes en el Sorteo y/o del disfrute del Premio y/o como consecuencia de su utilización por el Ganador, y así lo reconocen expresamente los Participantes y el Ganador. Por consiguiente, los Participantes y el Ganador renuncian a cualquier reclamación y recurso contra la Sociedad organizadora y/o el Socio y/o cualquiera de las Sociedades del grupo al que pertenecen (en concreto, en el caso de la Sociedad Organizadora, el grupo Warner Bros. Discovery Inc.), por los motivos anteriormente mencionados y, en particular, en relación con el Premio, su calidad o cualquier consecuencia derivada de la posesión del Premio.
11. Legislación aplicable y resolución de litigios
11.1. Las presentes bases se rigen por la legislación española o neerlandesa, según el país de residencia de los Participantes.
11.2. Para ser tenidas en cuenta, las impugnaciones relativas al Sorteo deberán formularse a más tardar treinta (30) días después de la finalización del Sorteo, únicamente por escrito y enviarse a la siguiente dirección
EUROSPORT - Departamento Jurídico
3, rue Gaston et René Caudron
92798 Issy-les-Moulineaux Cedex 9
11.3. La Sociedad Organizadora decidirá cualquier cuestión relativa a la aplicación del presente Reglamento o no resuelta por el mismo. Con excepción de los casos de fraude por parte de los Participantes, cualquier litigio que pueda surgir en relación con la ejecución del presente Reglamento se resolverá prioritariamente de forma amistosa entre la Sociedad Organizadora y el Participante.
11.4. Cualquier disputa que pueda surgir sobre la interpretación de este Reglamento se someterá expresamente a la ley del país de residencia del Participante (España u Holanda) y al juicio soberano de la Empresa Organizadora y, en última instancia, a la sentencia del Tribunal competente del país de residencia del Participante.
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